Ley Casco Viejo: Qué Es? Cómo Beneficia? Cuándo Termina?
No todos la conocen, e incluso quienes han estado frecuentando el Casco desde hace tiempo puede que conozcan sólo porciones de ella. Sin embargo, para todos, la ley finaliza en enero del 2024. Es un buen momento para hablar de la Ley Casco Viejo, sus beneficios e invitarlos a que consideren aprovechar este momento de su vigencia.
Aunque para nosotros es una ley de uso diario, recuerden siempre consultar con su abogado. Aquí citamos ambas leyes para que puedan bajarlas y analizarlas.
Cuál es la “Ley Casco” y por qué no me la puedo perder:
Fuentes: Ley 136 del 2013 y Ley 53 del 2017
Hay tres beneficios principales:
- 30 Años sin Impuestos de Propiedad:
Quizás el beneficio más conocido de la ley. Importante mencionar que se aplica tanto a residencial como comercial. Este beneficio se da por estar la propiedad dentro del Casco Antiguo, a diferencia de otras legislaciones en Panamá en donde te indica que debe ser tu casa principal. Por tanto, es aplicable a todas las unidades que se compren bajo esta ley.
Ver Art. 19: La propiedad será exonerada del impuesto de propiedad tanto en mejoras como en terreno.
Dicho beneficio comienza a contar desde el año en que se emita su Permiso de Ocupación.
- Tasa Preferencial del 3%:
Cualquier propiedad que esté bajo esta ley tiene la capacidad de acogerse a esta tasa preferencial, que brinda 3 puntos por debajo de la tasa vigente, por la vigencia del préstamo. Esto aplica a comercial y a residencial.
Importante también aclarar que dicha tasa no tiene tope de precio ni restricción de uso de la propiedad. Puede ser el hogar principal de quien compra, como puede ser una inversión, es decir, que incluso se pudiesen comprar múltiples propiedades y siempre se contará con la tasa. En Panamá, luego de la segunda propiedad, se añade un 1% de FECI. También puede suceder que los bancos por políticas internas modifiquen el monto a financiar pasada la primera compra. Pero la tasa, es decir el subsidio, se mantiene.
Ver Artículos 1, 3, 5.
- Exoneración en Actividad Comercial: 10 Años
En mi experiencia este es el beneficio menos conocido de la ley. El mismo exonera de impuestos las ganancias sobre la actividad comercial que se desarrolle en la propiedad que sea objeto de la ley.
Artículo 18: “El propietario de una edificación localizada en el Casco Antiguo de la ciudad de Panamá que haya sido construida, reconstruida o restaurada, (…) quedará exonerado del pago del impuesto sobre la renta de las utilidades que reciba por actividades comerciales, (…) por un término de 10 años, contado a partir del permiso de ocupación”
Pensemos que nuestro lector es un dueño de negocio, o un proveedor de servicios. Consultorías, abogados, o quizás un restaurante, por brindar unos ejemplos. Si el dueño del negocio es dueño del local, y opera desde él, entonces es elegible a este beneficio. Durante 10 años, la ley le otorga el derecho, es decir que por 10 años no tendrían impuestos sobre sus ganancias.
Especialmente luego de COVID en donde muchos negocios recién comienzan a recuperarse, este beneficio les da una plataforma importante para estabilizarse y lograr un crecimiento por 10 años.
Fin de la Ley: Enero 2024
Estos tres beneficios tienen fecha de caducidad. Para ser elegible, la propiedad debe poder contar con su Permiso de Ocupación a más tardar enero del 2024. Por ello, es importante actuar ahora. Para los proyectos que están entregando, en la medida de que pasa el tiempo, beneficios como el de la exención de ganancias comienzan a correr. De adquirirse un local comercial, oficina o propiedad en el año 2 o 3 del beneficio, los mismos se van restando desde el momento del permiso de ocupación.
Por esto el mejor momento es ahora!
Dónde bajar la ley 136: AQUI